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Antonio Paredes / EXPERTO EN RENTA DE GESTHA (SINDICATO DE TÉCNICOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA)

'La presión social ha dulcificado la declaración de los pensionistas retornados y de los preferentistas'

Para Antonio Paredes, además de este importante logro de esta campaña, 'lo más llamativo –en el caso de las personas mayores– son las exenciones en las ganancias patrimoniales de la transmisión de la vivienda habitual'

08-05-2015

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Pregunta.- ¿Qué novedades destacaría en esta campaña?

Respuesta.- En cuanto a la renta 2014, realmente, no hay grandes novedades. En esta campaña, lo más llamativo aunque no sea novedoso, pero sí hay bastante gente que lo desconoce, es el tema de las exenciones en las ganancias patrimoniales de la transmisión de la vivienda habitual. Los mayores de 65 años que transmitan su vivienda habitual, la cantidad que obtengan, a priori, está exenta, lo cual supondría una fuente adicional de ingresos para sufragar la vejez. La hipoteca inversa también es otra posibilidad a tener en cuenta. En definitiva, no son tanto novedades pero sí beneficios fiscales que tienen las personas mayores.

P.- Dos asuntos candentes, que afectan especialmente a los mayores, han centrado el debate estos meses. ¿Cómo ha quedado el tema de los pensionistas retornados y las participaciones preferentes en relación a su declaración?

R.- Efectivamente, en cuanto a los pensionistas retornados que reciben pensiones del extranjero ha habido bastante polémica estos últimos años. Por ello se inició una campaña de requerimientos hasta el año solicitado a la Agencia Tributaria de la UE. Finalmente, la presión social ha conseguido que les permitan una pequeña amnistía fiscal y de 1 de enero a 30 de junio pueden regularizar los años no prescritos de 2010 a 2013 –2014 se presenta ahora–. En este plazo, pueden presentar las declaraciones sin que se les aplique intereses, recargos ni sanciones, y se condonen las liquidaciones pendientes también sin sufrir recargos ni sanciones. Como consecuencia de la presión social, sucede algo parecido con las participaciones preferentes, que se consideran rendimiento de capital mobiliario, como los intereses de cuentas, la utilidad, etcétera. Ocurrió que en lugar de devolver el dinero, se lo canjearon por acciones. Por un lado, teníamos que en ese canje se trasmitían las preferentes y esa trasmisión de preferentes es rendimiento de capital mobiliario. Por ello, las acciones que recibían, cuando las vendían, se considera ganancia o pérdida patrimonial. La polémica venía motivada porque en algunos casos podía darse un rendimiento de capital mobiliario negativo al trasmitir la preferente y una ganancia patrimonial al vender la acción y no se podían compensar entre sí. Por ello, a los preferentistas se les generaba obligación de declarar, y tenían que pagar a pesar de que en el cómputo global hubiese una pérdida. Ante las críticas surgidas, el año pasado se modificó la norma permitiendo que estos dos componentes se compensen, es decir, que los rendimientos de capital mobiliario negativos de preferentes se compensen con ganancias patrimoniales prácticamente de cualquier tipo. Se ha abierto el abanico y ya no solo es necesario que sea ganancia por venta de acciones por canje de preferentes, sino que un rendimiento negativo por canje de preferentes se puede compensar con ganancias patrimoniales de cualquier tipo, y a su vez, las pérdidas patrimoniales por venta de acciones que se han obtenido en un canje de preferentes también se pueden compensar con rendimientos de capital mobiliario positivos, también de cualquier tipo, no necesariamente de preferentes. En definitiva, se ha dulcificado bastante el tema de las preferentes y de los pensionistas retornados gracias a la presión social.



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